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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1908
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1908
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 491 del Código de Comercio, una vez que la letra es aceptada, el aceptante no puede impugnarla, con arreglo al citado precepto legal, sino por falta de autenticidad de las firmas que la calcen, o por la alteración de su contenido; pero no porque el contrato que la originó no haya sido el de cambio, que es excepción distinta de la de falsedad del título, como puede verse en la fracción I, del artículo 1403 del Código de Comercio.
Precedentes
Recurso de súplica 125/28. Campa Salvador. 9 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicacion no menciona el nombre del ponente.