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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1938
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1938
Para que el amparo sea procedente contra las violaciones del procedimiento, es indispensable, entre otros requisitos, que contra ellas se haya protestado, en los términos que previenen la fracción II del artículo 107 constitucional, y los artículos 93 y 97 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 1411/29. Barbabosa José Julio. 11 de abril de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.