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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 2040
LEYES MONETARIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 2040
La Corte ha establecido, en diversas ejecutorias, que las leyes y decretos que reglamentan la cuestión monetaria, que establecen, modifican o levantan la moratoria de pagos, son de interés público, y que por su aplicación no puede decirse que se alteren en manera alguna, las transacciones anteriores a su exposición, pues dichas transacciones sólo se modifican en cuanto a su cumplimiento, por la misma imperiosa necesidad social que dió origen a las citadas leyes, la aplicación de las cuales no puede considerarse retroactiva, porque como ya se dijo, no modifican las obligaciones, sino sólo su cumplimiento
Precedentes
Recurso de súplica 41/23. Banco Nacional de México, S. A. 23 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.