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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 2167
SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 2167
El amparo tiene efectos esencialmente restitutorios, volviendo las cosas al estado que tenían antes de que se dictara o ejecutara el acto que le sirvió de materia; y si se concede por violaciones del procedimiento, el resultado de la ejecutoria de amparo es, no sólo nulificar la sentencia que en esos procedimientos se basó, sino también, dejar sin efecto todos los seguidos, basándose en esa sentencia, y restituir las cosas al estado que tenían al cometerse la violación.
Precedentes
Queja en amparo civil 17/30. Compañía Carbonífera de Río Escondido, S. A. 29 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.