Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/364689
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 24
LANZAMIENTO, DILIGENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 24
El amparo es improcedente contra estas diligencias, en virtud de que en el curso del juicio se pueden comprobar la excepción alegada durante la substanciación de las mismas, y la sentencia que se pronuncie en definitiva, puede poner al quejoso, en condiciones de no resentir menoscabo en sus derechos, al condenar al actor a la reparación de daños y perjuicios.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1377/26. Amigot Luis. 2 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.