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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 74
LEY DE INQUILINATO EN YUCATAN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 74
Las disposiciones del artículo 13 de esta ley, que tienden a hacer nugatorias las sentencias de lanzamiento, dictadas en los juicios de desocupación, no deben ser aplicadas, puesto que menoscaban las garantías individuales contenidas en los artículos 14 y 17 constitucionales, y el 133 de la misma Carta Federal, ordena que a ella deben arreglarse todos los Jueces de la República, a pesar de las disposiciones en contrario, que pueda haber en las constituciones o leyes de los Estados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1534/29. Díaz Bernardo. 3 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.