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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 109
LANZAMIENTO, PROVIDENCIA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 109
Contra la providencia de requerimiento o de lanzamiento decretadas en juicio de desocupación por falta de pago de rentas, no es procedente el amparo, ya que la ley da al quejoso el derecho de oponer excepciones y de rendir pruebas, debiendo en la sentencia definitiva, resolver si no ha procedido el lanzamiento, y restituir al demandado en el goce de la cosa arrendada, no siendo, en consecuencia, un acto de ejecución irreparable. No puede argüirse que por tratarse de un acto que no es propiamente del juicio, quede fuera de la prescripción de la fracción I del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2327/28. Brizuela Tomás. 4 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.