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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364709
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 112
JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 112
Contra las resoluciones dictadas en esa vía, es procedente admitir la demanda de amparo, porque se trata de actos ejecutados fuera de juicio; máxime, si quien solicita la protección constitucional, es un extraño a esas diligencias.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Zanatta viuda de Basso Angela. 4 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.