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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364711
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 147
LANZAMIENTO, RECURSOS ADMISIBLES EN EL PERIODO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 147
No obstante que el artículo 975 del Código de Procedimientos Civiles, determina que "ni recusación, ni algún otro recurso es admisible en el periodo de lanzamiento", debe tenerse en cuenta la razón de la ley, que es la de evitar que los deudores retarden indefinidamente dicha diligencia, por lo que tal disposición no es aplicable cuando se trata del actor, que puede interponer los recursos que las leyes comunes concedan.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3728/28. Franco Alejandro. 5 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.