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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 226
INTERDICTOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 226
Las sentencias de segunda instancia que en ellos se pronuncien, tienen el carácter de definitivas y contra las mismas procede el amparo directo.
Precedentes
Amparo civil directo 1432/29. Ramírez Teresa. 9 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.