Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/364737
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364737
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 264
AMPAROS CONCATENADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 264
Si existe pendiente de resolución un amparo cuya resolución puede influir de modo definitivo para modificar los actos que en otro amparo reclame el quejoso, es improcedente conceder en este último la protección federal, ya que como resultado del primer amparo podrá ejercitar o no, sus derechos.
Precedentes
Amparo civil directo 1602/29. Homs Joaquín. 10 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alberto Vázquez del Mercado.