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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 345
ALBACEAS, RENDICION DE CUENTAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 345
Si el juicio sucesorio concluye por sentencia que cause ejecutoria, ya no es posible admitir que la rendición de cuentas del albaceazgo, se discuta en forma incidental, y cualquiera responsabilidad que se quiera exigir el albacea, por el desempeño de su encargo, debe ser discutida en juicio ordinario, pero de ninguna manera en forma de incidente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 212/29. Villarreal Ramón. 13 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.