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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364777
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 435
REGISTRO, INSCRIPCION EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 435
Cuando una traba de ejecución se registre en el Registro Público de la Propiedad porque los bienes secuestrados se encuentran inscritos a nombre del deudor, si un Juez, en un juicio extraño, ordena que la inscripción se cambie a nombre de otra persona distinta del deudor, puede causar perjuicio a la persona que registró el secuestro, por lo cual el amparo es procedente, atentos los términos de la fracción IX del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Cordero Zenón R. 14 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.