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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 443
ARANCEL. DE ABOGADOS EN YUCATAN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 443
El artículo 15 de éste, fija las cantidades que deben cobrarse, cuando los negocios no vengan sobre cantidad determinada o cuando no pudiera determinarse su cuantía; por tanto, no es aplicable cuando la cuantía está determinada.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Mena José. 17 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.