Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/364802
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 556
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 556
Cuando no la ha habido en un amparo, los Jueces no tienen obligación de suspender sus fallos o de no tener en consideración las pruebas que dieron lugar al juicio constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo 3513/28. Conde Salvador. 21 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.