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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 599
CONSIDERANDOS DE LA SENTENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 599
La Corte ha sostenido que cuando un fallo es legal, por alguna de las razones que contiene, aun cuando no sean pertinentes las demás, no debe estimarse violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo civil directo 665/29. Reutermann Gerome. 24 de septiembre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vázquez del Mercado y Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.