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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 662
ESCRITURAS PUBLICAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 662
De acuerdo con el Código Civil del Distrito, vigente en Tamaulipas, "si la cosa vendida es raíz, se dice entregada luego que es otorgada la escritura pública", de donde se deduce la presunción legal de la entrega de la cosa, o lo que es lo mismo, de la posesión, tan luego como se otorga la escritura, presunción que sólo puede destruirse por los medios que la ley previene.
Precedentes
Amparo civil en revisión 537/25. Trápaga de Meade Joaquina. 26 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.