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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 703
BIENES NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 703
Contra la ejecución del auto que manda intervenir los bienes que se consideren nacionales, procede la suspensión, previa fianza, de acuerdo con lo mandado por los artículos 55 y 68 de la Ley de Amparo, toda vez que el Estado no sufre perjuicio alguno, y los intereses de fisco quedan asegurados con la finanza que el quejoso otorgue.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 849/29. Valdés Rebeca. 27 de septiembre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.