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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 882
REMATES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 882
La sentencia pronunciada por el tribunal de apelación, negándose a resolver el recurso interpuesto contra el fallo de primera instancia que apruebe un remate, pretextando que se trata de actos de ejecución de sentencia que no admiten más recurso que el de responsabilidad, limita la defensa que el deudor pudiera ejercitar en la alzada y viola en su perjuicio, las garantías de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1706/29. Robles Manuel. 7 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.