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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 893
MUJERES, FIANZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 893
El Artículo 48 de la Ley de Relaciones Familiares modificó el inciso IV del Artículo 1704 del Código Civil del Distrito Federal, prohibiendo que las mujeres contraten con su marido, sean fiadoras de él, o contraten solidariamente con el mismo; y no debe reputarse derogando dicho artículo del código, que se refiere a las mujeres en general, por las disposiciones del artículo 47 de la referida Ley de Relaciones Familiares.
Precedentes
Queja en amparo civil 93/29. Bonnerue de Peraldi María Luisa. 7 de octubre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.