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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364894
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1052
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1052
Si los documentos privados que se exhiban como prueba en el amparo, emanan de un tercero extraño al juicio constitucional y a la controversia que le dio origen, carecen de eficacia probatoria, ya que dichos documentos sólo pueden hacer prueba contra sus autores; para que esos documentos puedan servir en el juicio de garantías, deben comprobarse por medio de la declaración de quienes los suscribieron, y de no ser así, el tercero interesado no tiene obligación de objetar la validez de un documento que, por no provenir de él, no puede perjudicarle en forma alguna.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1167/29. Guzmán C. Saturnino. 16 de octubre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.