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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364897
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1057
ESCRITURAS PUBLICAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1057
En el Distrito Federal, luego que está otorgada la escritura pública respectiva, se considera entregada la cosa vendida y debe tenerse al comprador como poseedor del inmueble.
Precedentes
Tomo XXVII, página 2752. Indice Alfabético. Amparo directo 2910/29. López Ricardo. 21 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alberto Vázquez del Mercado.
Tomo XXVII, página 1057. Amparo civil en revisión 695/29. Ajá Galán Santiago. 16 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alberto Vázquez del Mercado.