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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364902
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1078
DENUNCIOS PETROLIFEROS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1078
La admisión y tramitación de un denuncio petrolífero, no puede dar lugar a la suspensión, supuesto que dichas admisión y tramitación, no causan ningún daño, toda vez que, durante la tramitación, puede hacer valer, quien se crea perjudicado, los derechos que le competan, oponiéndose a la concesión final.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1420/19. Internacional Petroleum Company. 16 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXVII, página 2732. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1372/19. Internacional Petroleum Co. 16 de octubre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.