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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
364920
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1200

AMPARO INTERPUESTO INDEBIDAMENTE ANTE LA CORTE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1200

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Treviño Santiago E. 23 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 69, quinta tesis relacionada con la jurisprudencia 43, de rubro "AMPARO DIRECTO CONTRA SENTENCIAS DEFINITIVAS FUNDADAS EN DECRETOS INCONSTITUCIONALES. DEBEN IMPUGNARSE ANTE UN TRIBUNAL COLEGIADO. INSUBSISTENCIA DE SENTENCIAS DICTADAS POR UN JUEZ DE DISTRITO.".
Registro digital (IUS): 364920