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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1301
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1301
Si bien es cierto que los tribunales son soberanos para hacer la apreciación de las pruebas, tal hecho importa una violación de garantías, si al hacerse la apreciación, se violan las leyes reguladoras de la prueba.
Precedentes
Amparo civil directo 2075/28. Llamas Enrique. 26 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.