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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1376
TERCERIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1376
Si una tercería excluyente de dominio, hecha valer en un juicio hipotecario, se ha declarado procedente, y la sentencia adquiere la autoridad de la cosa juzgada, los posteriores procedimientos que hayan de seguirse en dicho juicio hipotecario, deben entenderse con el tercerista, en lugar de entenderse con los primitivos demandados. No importa que en el juicio hipotecario se haya dictado sentencia, para que los meros procedimientos de ejecución de ella, no deban entenderse con el tercerista; pues de lo contrario, se violan, en perjuicio de éste, las garantías consignadas en el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 79/29. Carrera Virginia C. 28 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.