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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365003
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1829
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1829
Si el representante de una persona moral es demandado individualmente, los actos en el juicio no pueden afectar a la persona moral que representa, a menos que se le haya emplazado debidamente; por tanto, es improcedente sobreseer en el amparo que dicha persona moral pida, fundándose en el consentimiento de los actos verificados en el juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1552/29. Alvarado Sotero, sucesión de. 16 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.