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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365019
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1922
ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1922
Si se arrienda una finca para determinado objeto, no puede ser motivo de rescisión, que el arrendatario haga uso de la cosa arrendada, de acuerdo con la naturaleza del giro y con las costumbres establecidas en el lugar.
Precedentes
Amparo civil directo 2083/29. Navarro Gonzalo. 19 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.