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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1999
DENEGADA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1999
Indudablemente que en materia mercantil, cabe el recurso de denegada apelación, pues aun cuando el Código de Comercio no lo consiga en su libro quinto, sin embargo, siendo caso de omisión, para admitir o no el recurso de denegada apelación, debe estarse sobre lo que el particular disponga el Código de Procedimientos Civiles del Estado en que el juicio se ventile.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1714/29. Sociedad "Bolio y Alvarez". 22 de noviembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente. Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.