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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365035
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2064
HIPOTECA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2064
La hipoteca es un derecho real que se constituye sobre bienes inmuebles, para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago; la acción real puede entablarse contra cualquier poseedor, si es que la hipoteca no se ha extinguido, por ninguno de los medios que la ley previene. Cuando el deudor primitivo, o sea, el que constituyó la garantía hipotecaria, ha enajenado el predio que constituye la garantía, en contra de él solamente queda el ejercicio de la acción personal, más la acción real puede intentarse en contra de cualquier poseedor del inmueble hipotecado.
Precedentes
Amparo civil directo 4272/28. Urrutia Miguel y coagraviados. 25 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.