Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365048
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2197
PRESCRIPCION MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2197
Las acciones que nacen de los pagarés mercantiles prescriben en tres años, sin que pueda aplicarse la disposición de la ley civil que, por virtud de la renuncia, duplica el plazo de la prescripción, porque los términos en materia mercantil son fatales y la prescripción se rige por las disposiciones especiales del Código de Comercio.
Precedentes
Recurso de súplica 48/27. Navarro viuda de Ferrera Felipa. 27 de noviembre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco H. Ruiz y Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.