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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2198
DOCUMENTOS PRIVADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2198
Los exhibidos en juicio mercantil para que hagan prueba plena, deben ser reconocidos en los términos previstos por el artículo 1296 del Código de Comercio, y su fuerza probatoria sólo existe contra el autor de dichos documentos.
Precedentes
Recurso de súplica 48/27. Navarro viuda de Ferrera Felipa. 27 de noviembre de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco H. Ruiz y Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.