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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2312
NULIDAD DE ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2312
El decreto de 11 de mayo de 1929, expedido por el gobierno provisional de Sonora, estableció el término de dos meses para revalidar las actuaciones practicadas durante el movimiento rebelde, de marzo del mismo año y si los Jueces de ese Estado, sin que hubiera transcurrido ese término, decretaron la nulidad, de pleno derecho, en las actuaciones de un juicio, con ello violan las garantías individuales de los interesados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2533/29. Barnett Carlos. 21 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.