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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2317
RECURSOS IMPROCEDENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2317
Si el quejoso en el amparo, consintió un recurso que en el juicio de garantías reclama como improcedente, y no lo impugnó por los medios que la ley establece, no cabe concederle la protección federal, por la admisión de ese recurso.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2597/29. Sánchez Ruperto. 30 de noviembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.