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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2474
REPARACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2474
La persona extraña al juicio no está obligada para pedir el amparo, a proceder como lo manda el artículo 97 de la ley reglamentaria, sino solamente a hacer la protesta, de acuerdo con lo que prescribe la fracción II del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2857/29. Fierro Ricardo. 5 de diciembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.