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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2540
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2540
Para que el amparo sea procedente contra ellas, es requisito, entre otras cosas, que contra las mismas se haya protestado, en los términos que previene la fracción II del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo 2950/24. Mortola Santiago. 9 de diciembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no votó por las razones que se indican en el acta. La publicación no menciona el nombre del ponente.