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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2569
HONORARIOS PROFESIONALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2569
La disposición de la ley civil, que manda que para regular los honorarios por servicios profesionales, ha de tenerse en cuenta la reputación adquirida por el que les haya prestado, al usar la palabra reputación, se refiere al prestigio profesional o a la capacidad de quien presta los servicios, y no a su honorabilidad, que puede ser dudosa, porque no haya cometido alguna falta o delito.
Precedentes
Amparo civil directo 2022/29. Restori Francisco. 10 de diciembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.