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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 218
AMPARO CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 218
El amparo contra una ley, que en sí misma contiene actos de ejecución, debe interponerse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que la ley fue promulgada.
Precedentes
Tomo XXVI, página 2463. Indice Alfabético. Amparo 4118/28. "El Aguila", Compañía Mexicana de Petróleo. 1o. de junio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Daniel V. Valencia.
Tomo XXVI, página 2463. Indice Alfabético. Amparo 3888/28. "El Aguila", S.A., Compañía Mexicana de Petróleo. 1o. de junio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Cisneros Canto. Relator: Daniel V. Valencia.
Tomo XXVI, página 218. Amparo administrativo en revisión 3624/23. Schondube Enrique. 9 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.