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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 260
ACTOS DERIVADOS DE ACTOS EJECUTADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 260
Contra los actos que son consecuencia directa de otros ya ejecutados es improcedente conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2385/28. Domínguez Agustín. 9 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XXII, pagina 444, tesis de rubro "ACTOS DERIVADOS DE ACTOS EJECUTADOS.".
Tomo XXIII, pagina 107, tesis de rubro "ACTOS DERIVADOS DE ACTOS EJECUTADOS.".