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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 346
CAUSAHABIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 346
El que adquiere un inmueble, respecto del cual está inscrito un embargo en el Registro Público, es propiamente causahabiente a título particular, del individuo contra quien se decretó el embargo, puesto que como el registro surte efectos contra terceros, el adquiriente del inmueble está expuesto a las resultas del juicio en que se practicó el embargo; y, por tanto, el remate, consecuencia del secuestro, no viola en su perjuicio las garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2324/27. Molina Pánfilo. 11 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.