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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 410
ADEUDOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 410
Contra el cobro de las cantidades que se adeuden al fisco, procede conceder la suspensión previa fianza, si los intereses fiscales están ya asegurados por medio del secuestro, el que se deberá continuar hasta que se resuelva el amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4081/28. "Unión y Concordia", S. A. 14 de mayo de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXVI, página 2448. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 4078/28. Francisco Echeguren y Compañía, sucesores. 14 de mayo de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.