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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 586
ASOCIACIONES EN PARTICIPACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 586
Dada su naturaleza el socio autorizado para contratar a nombre de ellas, es a quien corresponde la acción directa contra los individuos con quienes contrató y no a, los demás socios que no intervinieron en el contrato; por lo cual las decisiones que se pronuncien en el juicio respectivo y que se refieren a la posesión, no violan de modo alguno, las garantías individuales de los socios que no contrataron ya que en el juicio constitucional no puede resolverse sobre cuestiones de posesión son bastantes hasta las declaraciones de testigos y con más razón los documentos no objetados por las partes.
Precedentes
Amparo civil en revisión 189/28. Pulido Joel y coagraviados. 18 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.