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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365219
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 637
AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 637
La improcedencia de la demanda de amparo que se funda en la existencia de otro juicio de garantías respecto de los mismos actos, no cabe cuando el primer amparo no se ha resuelto ejecutoriamente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Muñoz María Gregoria. 20 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.