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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 643
FIANZA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 643
Como la fianza constituye una obligación personal, las anotaciones que el Juez de Distrito mande hacer en el título que exhibe el fiador en el amparo, para justificar su solvencia, no significa la existencia de una obligación real, y como, por otra parte, el fiador está obligado a responder con todos sus bienes, y no sólo con los amparados con el título exhibido en el mismo no le causa perjuicio alguno.
Precedentes
Queja en amparo civil 144/28. Rodríguez Melitón. 20 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.