Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365255
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 796
COSTAS
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 796
El precepto del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, que autoriza la condenación en costas cuando haya conformidad entre las sentencias de primera y segunda instancia, no se refiere exclusivamente a sentencias definitivas, por lo cual puede aplicarse tratándose de incidentes.
Precedentes
Amparo civil en revisión 544/28. Leoncio Prieto y hermano. 25 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.