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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 821
BENEFICENCIA PRIVADA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 821
Contra la adjudicación de bienes a las instituciones de beneficencia privada, es improcedente conceder la suspensión; porque se perjudicaría directamente a la sociedad con la demora en la entrega de los bienes a esas instituciones.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4255/27. Sánchez Díaz José. 25 de mayo de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.