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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 916
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 916
Si demuestra la posesión de los bienes que pretende arrebatársele en el juicio al que es extraña, esto basta para conceder la protección federal; sin que la sentencia de amparo deba examinar sobre la validez del título traslativo de propiedad que exhiba, y, además, no está obligada a interponer tercerías excluyentes de dominio, pues la Suprema Corte ha establecido la jurisprudencia de que nada le obliga a ejecutar otras acciones distintas del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1054/27. Hernández de Adán Ramona. 30 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.