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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1540
NULIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1540
En materia de nulidad, debe regir este moralizador principio: ninguno será oído en juicio alegando su propia falta.
Precedentes
Amparo civil directo 3864/26. Guízar Valencia Manuel. 16 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.