Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365376
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365376
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1540
HIPOTECAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1540
La falta de derecho para hipotecar, no debe confundirse con la falta de mandato, la primera, está sancionada con la nulidad de la hipoteca, en tanto que la segunda puede ser purgada por la ratificación de aquel cuya representación no era perfecta en el momento de celebrarse el contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 3864/26. Guízar Valencia Manuel. 16 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.