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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365384
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1568
ACCION EN JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1568
Sólo puede ejercitarla aquel a quien competa legalmente; y si se declara procedente la que ejercite quien no tiene personalidad, con esto se violan en perjuicio del demandado, las garantías del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1098/27. Vidales Agustín. 19 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.